Plan de Emergencia

Somos especialistas en la elaboración de Plan de Emergencia para: Empresas, Edificios, Comunidades y Colegios.

Cada Plan de Emergencia, es elaborado en detalle por nuestro equipo Profesionales Ingenieros en Prevención de Riesgos, los cuales, con una larga trayectoria de excelencia y experiencia en la materia, garantizan que obtendrá el mejor Plan de Emergencias del mercado.


Que te ofrecemos

Si aún no tienes el Plan de Emergencias en tu comunidad o empresa, te contamos que hemos creado dos alternativas para ti, diseñando un plan de emergencia completamente por profesionales experimentados en prevención de riesgos, que evaluarán la instalación y desarrollarán el plan para que todos se informen que hacer antes, durante y después de una situación de emergencia.

Podrás decidir cual implementar, ya que una te permitirá dar cumplimiento legal y crear la estructura preventiva de evacuación y la otra te permitirá dar cumplimiento legal y hacer prevención para evitar accidentes.

A continuación, te dejamos el detalle, para que elijas la que más se acomode a tu necesidad.


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Plano de Emergencia y Evacuación

Layout o plano de emergencia y evacuación

Nuestro Plan de Emergencia se elabora con los Planos reales del Edificio

En el Plano de Emergencia y Evacuación, Identificamos: Vías de Evacuación, Extintores, Red Húmeda, Red Seca, Red Inerte, Tableros Eléctricos, Válvulas de Gas, Pulsadores de emergencia, grupo electrógeno y todo elemento que se necesite ver en el plano, para el control de una emergencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Plan de Emergencias y Evacuación?

Es un documento elaborado por Ingenieros en Prevención de Riesgos, que entrega las directrices preventivas para saber que hacer antes, durante y después de una situación de emergencia, derivada de incendios, terremotos o similares, el cual debe ser implementado en la organización, comunidad o colegios, con la finalidad de reducir las perdidas humanas y los costos materiales, cuando se produzca una emeregencia.


¿Quiénes deben tener un Plan de Emergencias y Evacuación?

Todo edificio, comunidad, colegios, institutos, universidades y empresas deben estar preparados con un plan de emergencias, que les permita actuar, de forma oportuna, rápida y eficiente, hacia el exterior del lugar donde se encuentran con dirección a una zona de seguridad.


¿Quién me obliga a implementar un Plan de Emergencias y Evacuación?

En Chile, la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria, establece que:

Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros o emergencias, tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio.

El plan de emergencia deberá incluir las acciones a tomar antes, durante y después del siniestro o emergencia, con especial énfasis en la alerta temprana y los procedimientos de evacuación ante incendios.

Asimismo, indica que siempre deberá mantenerse en la recepción o conserjería del condominio un archivo de los documentos que conforman el plan de emergencia y el plan de evacuación actualizados, incluido un plano del condominio con indicación de las vías de evacuación y las instalaciones de emergencia.

Para las empresas, podemos decir que el arculo 184 del Código del Trabajo, obliga al empleador a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Lo cual se entiende que un Plan de Emergencias es una herramienta necesaria para la prevención de accidentes cuando estas ocurren.

Para todos los establecimientos educacionales del país, ONEMI elaboró el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE) bajo la resolución N°51/2001.

Para finalizar el D.S. N°594, también hace referencia a la implementación de una brigada de emergencia en el artículo 110 b.9.


¿Se debe actualizar un Plan de Emergencias?

La nueva ley de Copropiedad Inmobiliaria a la cual hacemos referencia, es explicita en indicar que, la elaboración del primer plan de emergencia, así como sus actualizaciones, serán realizadas y suscritas por un ingeniero en prevención de riesgos, debiendo dar cumplimiento a la norma técnica que para dicho efecto se oficialice.

Del mismo modo establece que, el plan de emergencia, incluido el plan de evacuación, así como sus actualizaciones, deberán ser entregados en formato material y digital a la respectiva unidad de Carabineros de Chile y del Cuerpo de Bomberos que corresponda a la comuna donde se emplaza el condominio.


¿Quién fiscaliza y sanciona el no cumplimiento?

La SEREMI de Salud y la Dirección del Trabajo, fiscalizan el cumplimiento del Decreto Supremo N°594 y del Código del Trabajo.

El MINVU y también los Municipios a través de la Dirección de Obras Municipales (DOM), realizan visitas a edificios para verificar el cumplimiento de la Ley 21.442.

La Superintendencia de Educación, fiscaliza el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE).

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